El triunfo en la Ciudad de México se tejió durante décadas entre diversos actores y, aunque siempre existía el riesgo de que los y las congresistas locales no aprobaran la ley, los frutos del trabajo colectivo dieron resultados positivos. En 2007, en la capital mexicana, hubo una combinación de oportunidades políticas que permitieron el avance de los derechos reproductivos de las mujeres.
El resto del país no tuvo la misma suerte. A pesar de que hubo esfuerzos por lograr algo similar, como lo ocurrido en Guerrero, Morelos y Coahuila, las fuerzas políticas no dejaron que la votación alcanzara para modificar la norma. Incluso, de 2008 a la fecha, se inició una ola de modificaciones a las constituciones locales para incluir la protección a la vida desde la concepción, vigente en 18 estados.
Por Regina Tamés
Ciudad de México, 31 de octubre (OpenDemocracy).– Hace casi 13 años, la Ciudad de México dio mucho de qué hablar. Por primera vez en el país, en abril de 2007 se aprobó en un congreso local la despenalización del aborto hasta la semana 12 de gestación.
Fue una noticia mundial, ya que América Latina es uno de los continentes con leyes más restrictivas respecto del derecho de las mujeres a tomar decisiones sobre su propio cuerpo. A la fecha, 97 por ciento de las mujeres en edad reproductiva de América Latina y el Caribe viven en países donde el aborto está penalizado.
El triunfo en la Ciudad de México se tejió durante décadas entre diversos actores y, aunque siempre existía el riesgo de que los y las congresistas locales no aprobaran la ley, los frutos del trabajo colectivo dieron resultados positivos. En 2007, en la capital mexicana, hubo una combinación de oportunidades políticas que permitieron el avance de los derechos reproductivos de las mujeres.
El resto del país no tuvo la misma suerte. A pesar de que hubo esfuerzos por lograr algo similar, como lo ocurrido en Guerrero, Morelos y Coahuila, las fuerzas políticas no dejaron que la votación alcanzara para modificar la norma. Incluso, de 2008 a la fecha, se inició una ola de modificaciones a las constituciones locales para incluir la protección a la vida desde la concepción, vigente en 18 estados.
En este contexto, el estado de Oaxaca hizo historia el 25 de septiembre pasado. Oaxaca es una entidad federativa ubicada al sur del país que siempre se ha caracterizado –además de por su belleza, buena comida y tradiciones culturales– por tener enormes brechas de desigualdad.
Un ejemplo claro es que sigue siendo uno de los estados que en 2016 registraron una mayor razón de mortalidad materna (44.3 defunciones maternas cada 100 mil nacidos vivos) y en el que muchas mujeres han sido denunciadas y debieron enfrentar juicios penales y sentencias por abortar.
Previo a esta reforma, Oaxaca contemplaba algunas causales legales para la interrupción del embarazo, ya que el aborto en el país se regula en los niveles locales y con sistema de causales. Las contempladas en su norma son: el aborto imprudencial o culposo; embarazos que son consecuencia de una violación; embriones con alteraciones genéticas o congénitas graves; riesgo para la salud o peligro de muerte para la mujer; o inseminación artificial no consentida. Ahora se suma a la Ciudad de México con un sistema mixto de plazos y causales.
Con 24 votos a favor y 10 en contra, diputadas y diputados de Morena votaron para modificar el Código Penal del estado para despenalizar el aborto hasta la semana 12. El triunfo fue contundente. Y no faltó el suspenso.
El tablero electrónico de votación se “cayó” después de las intervenciones de quienes estaban a favor y en contra de las modificaciones en la legislación. Se escuchaban gritos dentro del Congreso que presionaban para que la norma no fuera aprobada.
No sólo el resultado ha sido importante, sino también el proceso. Las diputadas locales, encabezadas por Hilda Pérez Luis, fueron sumamente diligentes, profesionales y contundentes. Los discursos pronunciados en el Congreso se enmarcaron bajo el paraguas de justicia social y salud pública, siempre a la altura de estándares internacionales.
Lo admirable fue que no cedieron en su compromiso y su deber como representantes del pueblo pese a las presiones que se ejercieron contra ellas, tanto virtuales como incluso físicas, dentro y fuera del Congreso, y finalmente votaron acorde a las necesidades de las mujeres con argumentos en defensa del Estado laico.
La “marea verde“, desde su surgimiento en Argentina, ha cobrado relevancia como movimiento plural, orgánico y diverso. Las mexicanas han retomado el pañuelo y lo han llevado a lo largo y ancho del país. Este respaldo social ha tenido impacto y ha llegado a oídos de los gobiernos en los niveles federal y local. La presencia de este movimiento, sin duda, hizo que las diputadas de Oaxaca se sintieran respaldadas para tomar la decisión de legalizar la interrupción del embarazo frente a críticos que no dejaron de maldecir su actuación.
La votación de Oaxaca se dio en un contexto de discusión nacional de la presentación, por parte del Presidente Andrés Manuel López Obrador, de una iniciativa de amnistía que beneficiaría, entre otros, a las mujeres acusadas por el delito de aborto.
Esta iniciativa genera muchos problemas ya que, por un lado, no existen mujeres en prisión preventiva o definitiva por el delito de aborto en instituciones del sistema penitenciario federal y, por otro lado, el aborto no es algo que necesariamente se deba «perdonar». Además, esta medida no garantizaría que las mujeres dejaran de ser denunciadas en el futuro. Las diputadas oaxaqueñas se alejaron de esta propuesta para abordar el tema del aborto y decidieron ir a las entrañas del problema y reformar la norma penal.
Resulta interesante también que la Constitución de Oaxaca protege la «vida desde el momento de la concepción», lo que es compatible con las causales legales de aborto. La reforma al Código Penal es válida aun cuando no se reforme la Constitución local, ya que la Suprema Corte de Justicia ha establecido que proteger la vida no implica que se deba criminalizar el aborto y que la negación al acceso a una interrupción legal del embarazo viola el derecho a la salud.
Esto ha sido confirmado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2012 en el caso Artavia Murillo vs. Costa Rica, al señalar que sólo a través del ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres puede protegerse la vida prenatal. De igual manera, la Corte determinó que la concepción se refiere al proceso de implantación, es decir, cuando el óvulo fecundado se adhiere a la pared del endometrio, que el feto no puede ser considerado como persona y que la protección de la vida prenatal es gradual e incremental.
Pese al contundente triunfo, aún está pendiente que la gobernación del Estado publique esta reforma en el Diario Oficial y se garantice el acceso efectivo al servicio de salud para todas. Mientras tanto, la “marea verde” sigue celebrando y exigiendo #AbortoLegalYA en todo el país.
Este artículo fue publicado originalmente en Nueva Sociedad. Léalo aquí